EUROFER ha acogido con satisfacción la medida como un primer paso hacia la restauración de la igualdad de condiciones y la garantía de un futuro sostenible para la industria europea del acero inoxidable, pero aconseja que la Comisión debe aplicar las normas de aplicación comercial en su totalidad , dado el espíritu y la intención del instrumentos revisados de defensa comercial de la UE adoptados por el Parlamento Europeo y el Consejo en 2018. Bruselas lo reclamó de nuevo este año .
El Reglamento de Ejecución de la Comisión Europea confirma en gran medida las normas provisionales existentes e imponentes tipos de derechos antidumping definitivos del 17,3% sobre las importaciones de SSHR de Indonesia, hasta el 19% sobre las importaciones de China y hasta el 7,5% sobre las importaciones de Taiwán.
Exceso de capacidad estructural de acero inoxidable
La investigación que condujo a estas medidas tuvo su origen en agosto de 2019 fue a raíz de una denuncia presentada por EUROFER. Axel Eggert, Director General de EUROFER, sostuvo: " Indonesia, China y Taiwán tienen un problema de exceso de capacidad estructural . Su dumping ha perjudicado gravemente a los productores europeos de acero inoxidable y estas medidas son necesarias. Sin embargo, al no incumplir la Regla de Arancel Menor, la Comisión Europea ha fallado aplicar plenamente las normas revisadas de los Instrumentos de Defensa Comercial (TDI). Deben sin inhibiciones si quieren abordar de forma eficaz las distorsiones comerciales de terceros países y salvar la industria de la UE y los puestos de trabajo que apoya ".
Las reglas comerciales de la UE solo se revisaron hace dos años, después de un proceso de media década. Los IDT seguidos que la UE pueden defender a la industria y los ciudadanos contra el dumping y las prácticas perjudiciales que distorsionan el comercio.
"Aunque la investigación de la Comisión estableció claramente que existen distorsiones significativas en las materias primas en China e Indonesia, la Comisión no ha levantado la regla de derechos reducidos e impuso derechos antidumping finales al nivel más bajo de los márgenes de perjuicio", dijo el Sr. Eggert. "Sin embargo, los márgenes de dumping oscilan entre el 17,7% y el 106,5% para los productores chinos e indonesios, por lo que se ha ignorado el efecto de distorsiones masivas".
La investigación abierta recientemente sobre las importaciones de productos planos laminados en frío de acero inoxidable originarios de Indonesia e India será otra oportunidad para cumplir las reglas comerciales de manera adecuada y enviar la señal correcta a los productores de terceros países y sus gobiernos que ignoran deliberadamente las reglas de la OMC y continúan acumulando exceso de capacidad. Ahora que se han impuesto medidas definitivas, EUROFER pide a la Comisión que permanezca alerta ante cualquier intento de los exportadores indonesios, chinos y taiwaneses de incurrir en elusión o absorción.